HACIA UNA NUEVA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA (I)

11.01.2013 15:59

 

 

                        Mucho revuelo ha provocado la reforma de la Ley de Racionalización y Sostenibilidad Administración Local  (Ley 7/1985 de 2 de abril) y del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (real decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo).

                        La principal polémica, giraba en torno a las Juntas Vecinales, las mancomunidades,  la fusión de municipios, la delegación de competencias entre Administraciones…  Y por lo visto en el Anteproyecto de ley de 22 de Diciembre de 2012, que se aprobará en próximos Consejos de Ministros, inicialmente, ni se eliminarán todas las Juntas Vecinales y mancomunidades, ni se fusionaran municipios, pero sí se delimitaran de forma clara, las competencias y servicios de cada Administración, con el fin de eliminar duplicidades.

                        La ley anterior no dejaba muy bien definida la delimitación de competencias entre Administraciones, apareciendo múltiples duplicidades, o lo que es peor, servicios impropios        (servicios llevados a cabo por una administración sin ser de su competencia). Por ello, se redefinen cual son los servicios mínimos, los obligatorios y los facultativos en función de la población del municipio, y los mecanismos de delegación de los mismos, en casos de incumplimiento, ineficiencia y ineficacia.

                        Se procederá a un estudio minucioso de los servicios prestados por aquellos municipios, con un ahorro neto negativo anual, un nivel de endeudamiento superior a los límites establecidos o que incumplan Ley de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Una vez analizados, si se concluye que no pueden mantenerse determinados servicios municipales (por incumplimiento, ineficiencia o ineficacia), el Ayuntamiento deberá:

-           Si son servicios facultativos, ordenar su supresión

-           Si son obligatorios, podrá gestionar indirectamente el servicio

-           Si son servicios mínimos, las Diputaciones, Cabildos o Consejos Insulares asumirán su titularidad y gestión

                        También serán objeto de estudio, las mancomunidades, evaluando el nivel de adecuación de los servicios mínimos prestados. Si se decidiera, que su prestación es inadecuada, corresponderá a las Diputaciones, el desempeño de esos determinados servicios.